jueves, 16 de febrero de 2012

Una vieja historia


Ludwig Ott escribe en su Manual de Teología Dogmática “El papa Benedicto XII definió, en la constitución dogmática Benedictus Deus (1336), que las almas de los justos que se encuentran totalmente purificadas entran en el cielo inmediatamente después de la muerte (o después de su purificación, si tenían algo que purgar), antes de la resurrección del cuerpo y del juicio universal, a fin de participar de la visión inmediata de Dios, siendo verdaderamente bienaventuradas; mientras que las almas de los que han fallecido en pecado mortal van al infierno inmediatamente después de la muerte para ser en él atormentadas. Esta definición va dirigida contra la doctrina enseñada privadamente por el papa Juan XII según la cual las almas completamente purificadas van al cielo inmediatamente después de la muerte, pero antes de la resurrección no frutan de la visión intuitiva de la esencia divina, sino que únicamente gozan de la contemplación de la humanidad glorificada.”

En realidad, parece que Juan XXII era un conocedor de la patrística, especialmente san Bernardo y en varias homilías había hecho una interpretación del Apocalipsis diciendo que las almas de los justos esperaban la resurrección de los cuerpos para gozar de la visión de Dios. El hecho generó un cierto escándalo entre el pueblo fiel lo que llevó a que Juan estableciera una comisión de teólogos para analizar la cuestión. El resultado fue la constitución Benedictus Deus, que sin embargo no fue publicada por él (murió antes) sino por su sucesor.
Esta vieja historia me parece que tiene varios puntos aleccionadores. El primero es al necesidad de poner en perspectiva todo lo que se dice, aunque lo diga el papa. Tanto desde el progresismo como desde el tradicionalismo se usan para argumentar cualquier frase en cualquier situación. Casi como si fueran polícías dispuestos a usar cualquier cosa que alguien diga en su contra. (El progresismo abunda en ejemplos de este tipo. En el tradicionalismo, es lo que hace Amerio en Iota Unum.)
La segunda, es la necesidad de que el pueblo y los teólogos esten formados en la tradición para defender la fe. Aquí es necesario decir que en general son los papas los que defienden la tradición contra teólogos y no pocos fieles (al menos en este último siglo).
La tercera es llamar la atención sobre esta doctrina, que nos diferencia en alguna medida de la Iglesia Ortodoxa y hoy es olvidada (o reinterpretada) por la mayoría de los manuales de Escatología.  

6 comentarios:

  1. Interesante. A este respecto, me pareció muy bueno el debate que se armó en los comentarios aquí.

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  2. Definitivamente es un caso muy interesante... argumento letal contra los sedevacantistas (nadie sugirió en su momento que Juan XXII hubiese perdido su oficio por incurrir en herejía material).

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  3. Eremita: Tiene uds. razón. Al parecer el rey de Francia formó una comisión para investigar la situación y el papa Juan siempre se mostró dispuesto a rectificarse.

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  4. El tema de Juan XXII tiene aspectos históricos interesantes. Le leí a Joaquín Ferrer Arellano, profesor de la UNAV, que Juan XXII se pronunció sobre el tema en tres documentos, uno al menos fue dirigido al Consistorio, y considerado magisterial (aunque no infalible), y lo califica de "hereje material".

    Saludos.

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  5. P.S.: "material" porque el punto no estaba definido.

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  6. Doc Martin: Juan XXII había tratado el tema en 5 homilías de la Navidad de 1331. Los documentos que dirigió al Consistorio (creo que algún fragmento está en el Denzinger) dan vía libre para un estudio del tema y aclara su intención de retractarse en el caso de que el parecer de los teólogos fuera contrario al suyo. Hay que considerar que también el rey Felipe VI había pedido una opinión a la Inquisición.

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